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Mostrando entradas de octubre, 2011

INVITADOS

Les recordamos que las únicas personas que pueden autorizar el acceso a sus inmuebles o a sus propiedades son ustedes mismos ,ni la vigilancia, ni los conserjes ni la junta de condominio pueden asumir esta responsabilidad... les agradecemos estar pendientes de sus invitados para que los reciban y si ustedes no van a estar presentes pasar comunicación por escrito a la junta y a la vigilancia indicando las personas que usted autoriza ingresar a su propiedad y a la vez hacerse responsable de la conducta de las personas que lo visitan